Tengo una “directiva anticipada” en el archivo de mi hospital y mi médico que incluye DNR / DNI. No resucitar, no intubar.
No deseo que me mantengan vivo por medios artificiales si no hay posibilidad de volver a una vida normal. Tuve que pasar meses dentro y fuera del hospital y centros de rehabilitación física, y no es una experiencia que me gustaría repetir.
Entonces, si llega mi momento, la directiva anticipada básicamente permite “tratamiento de confort” solamente o “cuidados paliativos”.
También se especifica en mis documentos de sucesión, y tengo un medallón MedAlert que llevo, que tiene la información, así como una copia publicada en la puerta de mi habitación.
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Cada estado tiene su propia forma que debe ser firmada por un médico y un paciente juntos, de modo que el médico comprenda los deseos del paciente y entienda las ramificaciones. Por lo general, también deben ser presenciados por un tercero, normalmente otro médico.
Si tiene curiosidad acerca de las directivas anticipadas, escriba “” directiva anticipada (nombre del estado) “Ella es lo que parece cuando busca” “Directivas anticipadas del estado de Nueva York”.
https://ag.ny.gov/sites/default/…