Según mi entendimiento:
Normalmente, la persona que tomó la imagen es el propietario de los derechos de autor desde el momento en que se crea el arte, es decir, desde el momento en que se tomó la imagen. Sin embargo, en este caso, la cámara le pertenece a usted y la otra persona acaba de tomar la imagen, se verá si la imagen se tomó a pedido suyo o si fue un accidente o una imagen forzada. Estos pueden determinar la propiedad real de la imagen.
Sin embargo, la propiedad por sí sola no le da el derecho directo al propietario de usar la imagen pública o comercialmente, ya que en este caso está involucrado un modelo humano (usted :-)). Normalmente, para publicar la imagen legalmente se requerirá su permiso, pero esta parte depende realmente de su ubicación geográfica y las leyes difieren un poco en los diferentes países.
Finalmente, todo el desastre no vale a menos que la imagen tenga un valor de $ 100k. 🙂 solo gastará más para luchar contra el caso si arrastra :-D.
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El famoso caso de selfie de mono fue especial por muchas razones que fue presentado por PETA y fue más significativo ya que peta está tratando de acercar a los animales para ser identificados como personas jurídicas. Este no es el caso hoy y los animales no son dueños de su propia piel. Entonces, la imagen no era realmente el punto principal en ese caso, sino más bien establecer al mono como propietario de un artículo.
En este caso particular, la idea era que el fotógrafo no es el propietario de los derechos de autor y que la imagen era imágenes abiertas, ya que el mono no podía tener los derechos de autor por no ser una persona jurídica.
Pero está claro que el propietario ideal sería la persona (persona jurídica) que tomó la imagen.