Existen diferentes tipos de violación y merecen diferentes tipos de castigo.
Las violaciones que se llevan a cabo por la fuerza o la amenaza de fuerza deben, en mi opinión, ser castigadas con la pena de muerte o cadena perpetua (usted elige, no quiero que los comentarios se conviertan en un debate sobre la pena capital).
Las violaciones que se llevan a cabo mientras la víctima está intoxicada hasta el punto de inconsciencia o incoherencia deben justificar el mismo castigo que las que se logran por la fuerza o la amenaza de fuerza.
Las violaciones en las que la víctima consintió y estaba completamente consciente, pero tenían problemas de juicio debido a la intoxicación voluntaria, ni siquiera deberían considerarse violaciones. En ninguna otra área del derecho penal, la intoxicación voluntaria absuelve a una persona de responsabilidad por sus propias acciones.
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Drogar a una persona contra su voluntad, como con las drogas de “violación en una cita”, debe resultar en la pena capital o la vida en prisión.
La violación de un niño por un adulto (el niño no puede consentir) debería resultar en la muerte o la vida en prisión. Estoy hablando, aquí, de lo que comúnmente se llaman abusadores de niños, no de personas que tienen relaciones sexuales con adolescentes. Puede haber espacio para incluir adolescentes de 13 o 14 años en este.
Los adultos que tienen relaciones sexuales no violentas con adolescentes mayores (y de nuevo, soy flexible en el rango de edad exacto aquí, pero pienso más o menos en términos de 15 años o más), deben enfrentar cargos que van desde un rango menor de delitos graves hasta delitos menores. , dependiendo de la diferencia de edad involucrada. Apoyo las leyes de “Romeo y Julieta” que disminuyen o eliminan las sanciones por una diferencia de edad de 5 años o menos.
La violación no forzada de una persona de cualquier edad con discapacidades mentales profundas debe caer en la misma categoría que el abuso infantil.
La violación no forzada de un adulto por personas en puestos de autoridad sobre sus “víctimas” debería permanecer como están actualmente, en el rango más bajo de delitos graves. Por ejemplo, hace unos años tuvimos un oficial de correcciones en nuestra cárcel atrapado teniendo sexo con un recluso. El recluso estaba muy molesto al ver terminar este acuerdo. En términos comunes, el interno consintió e incluso inició todo, pero legalmente el interno no pudo consentir. Esa CO fue arrestada por agresión sexual (violación), y como resultado pasó un tiempo en la cárcel. Creo que es un castigo suficiente para ese tipo de violación.