Ya superé mi OPT de 90 días de desempleo. Incluso si recibo una oferta de empleo ahora, ¿puedo aceptarla legalmente?

Si ha acumulado al menos 90 días de desempleo, ha violado los términos de su OPT y, por lo tanto, técnicamente ya no tiene el estado OPT o F1.

No hay una “extensión” para solicitar porque su OPT no ha expirado – OPT es por 1 año. Por el contrario, ha violado los términos de OPT antes de que expire. Solo puede solicitar una extensión STEM si está completando con éxito su 1 año de OPT.

Si toma un trabajo, técnicamente será un trabajo no autorizado, porque ya no está en OPT (además de estar fuera de estado porque ha perdido su estado F1). Sin embargo, ni el empleador ni el gobierno probablemente se enterarán en el corto plazo, porque usted tiene un EAD no vencido y un I-20 no vencido para OPT. El número de días de desempleo que ha acumulado en OPT no se les conoce directamente. Sin embargo, si solicita otros beneficios de inmigración en el futuro, es probable que determinen que ha estado fuera de estatus y que trabaja ilegalmente durante este tiempo.

No estoy familiarizado con sus derechos legales de aceptar empleo, pero moralmente tiene el derecho humano de mantener su propia vida y existencia. Entonces tiene buenas razones para aceptar una oferta de empleo. Sin embargo, la ignorancia de las leyes de cualquier país no es una defensa.

La respuesta a su pregunta es tan fácil de encontrar en un motor de búsqueda, pero sin saber a qué estado o país se refiere, también puede cambiar, también si la misma regla o ley se aplica a todos los estados del mismo país. Por lo tanto, no puedo decir con certeza, excepto para compartir este enlace (que puede ser específico para el Estado de Kansas). . Encontré en línea en unos 3 segundos. . ¿Qué es OPT?

Importancia de su fecha de finalización I-20 para OPT post-comp

Si su fecha de finalización I-20 actual es en un semestre futuro, la fecha de finalización se acortará para reflejar la fecha esperada de su graduación como se indica en el formulario de recomendación de su asesor académico:

  • Graduado de primavera: 31/5/20YY
  • Graduado de verano: 8/1 / 20YY
  • Graduado de otoño: 31/12/20YY

Para los estudiantes graduados que completen todos los requisitos de grado dentro de las primeras dos semanas de un período, la fecha de finalización I-20 reflejará la fecha establecida por los Estudios de Posgrado en los que no se requiere inscripción ese período. (es decir, 16/06/2015 para el verano de 2015).

IMPORTANTE: Si no completa su título antes de la nueva fecha de finalización de su I-20, debe solicitar una extensión del programa antes de que expire su nuevo OPT I-20. Si no se extiende es una violación del estado. Hay una excepción (ver más abajo) para los estudiantes que trabajan en una tesis, disertación o equivalente.

En todos los casos, no puede trabajar en el campus después de su fecha de finalización I-20 a menos que tenga una OPT aprobada sin interrupciones y el trabajo esté directamente relacionado con su título.

Lo más probable es que se lo considere inelegible para trabajar en los EE. UU. Ahora que su OPT ha caducado, a menos que haya sido parte de la extensión STEM. ¿Estás empleado actualmente? Si es así y si su empleador actual todavía le está pagando y usted todavía está trabajando, su empleador está al tanto de una extensión de autorización de trabajo o lo están empleando ilegalmente. Debido al requisito de que los empleadores validen la autorización de trabajo a través de eVerify, si sus registros de USCIS reflejan un permiso de trabajo vencido, usted no puede trabajar. Puede encontrar ayuda a través del centro de carreras de su universidad, que puede aconsejarle que se vuelva a inscribir en la escuela para retener un estado de visa de estudiante (lo que puede requerir abandonar el país por un tiempo antes de regresar). Busque el consejo de un abogado experto en inmigración.

Vea abajo:

OPT: trabajo, viaje y más – Servicios para estudiantes internacionales