¿Se me permite ser cofundador de una compañía separada si tengo una visa L1 con mi empleador actual?

La respuesta depende de cómo piensa involucrarse en la empresa. Mientras esté en el estado L1, está autorizado a trabajar solo para su empleador L1. Esto significa que no puede hacer nada que esté considerando “trabajar” en el negocio que desea comenzar con sus amigos, lo que incluye el desarrollo de productos, el marketing y prácticamente cualquier cosa relacionada con las operaciones cotidianas. (Esto es cierto incluso si su participación se limita a noches y fines de semana e incluso si no se le paga . Acabo de escribir una publicación de blog sobre esto: trabajo de inicio no remunerado por el lado).

Sin embargo, puede ser una parte interesada en la empresa y recibir rendimientos de la inversión pasiva. También puede hacer cosas que no se consideran “trabajo” según la ley de inmigración. Este tipo de actividades tienden a estar relacionadas con la creación de la empresa: formar la entidad comercial, buscar financiación, negociar contratos con clientes o proveedores, arrendar espacios, etc.)

Si desea involucrarse más en el desarrollo de productos o en las operaciones diarias, la compañía deberá patrocinarlo para una visa de trabajo. Las opciones variarán según la configuración de la empresa. ¿Vas a ser un propietario minoritario? En ese caso, un H1b podría ser una opción (aunque tenga en cuenta que el tiempo que pase en estado L se deducirá del máximo de 6 años permitido bajo el H1b). ¿Vas a ser el dueño mayoritario? ¿Está su nacionalidad en esta lista: Países del Tratado? Si es así, es posible que desee registrarse en una visa E. ¿Te has distinguido en tu campo? Tal vez una visa O o una tarjeta verde EB1 podría ser una opción.

¡Buena suerte con su esfuerzo!