(Asumo que estás en los Estados Unidos).
- Si desea publicar partituras de una canción, necesitará el permiso del compositor o editor de música. No estoy totalmente seguro de por qué el compositor / editor querría darte permiso para publicar tu partitura transcrita que se aproxima a su canción, cuando ya tienen a mano la partitura correcta y pueden publicarla si lo desean. Pero, quién sabe, si les estás ofreciendo dinero, tal vez lo hagan. En cualquier caso, en general, deberá negociar con el compositor / editor antes de poder publicar legalmente la partitura de la canción. (No necesita permiso de la banda o sello discográfico que hizo la grabación en la banda sonora de la película).
- Si desea lanzar una versión de una canción (una grabación de usted cantando o tocando la canción, muy similar a una versión existente), eso es mucho más fácil. Puede ir a Songfile, una cámara de compensación de derechos para editores de música, pagar 9.1 centavos por copia, y listo. Esta es esencialmente una licencia legal que el compositor debe, por ley, otorgarle. (Aún no necesita el permiso de la banda o sello discográfico que realizó la grabación en la banda sonora de la película).
- Si desea realizar su versión de la canción con fines de lucro (por ejemplo, cantarla en un club nocturno o tener un concierto donde cobra por la admisión), usted o el lugar de la actuación necesitan una licencia de una sociedad de derechos de representación que represente al compositor y editor. (Las tres sociedades principales son ASCAP, BMI y SESAC.) Estas licencias son realmente fáciles de obtener, ya que las organizaciones están felices de tomar su dinero, pero cuesta dinero. (Aún no necesita el permiso de la banda o sello discográfico que realizó la grabación en la banda sonora de la película).